Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 68697 de 28 de Septiembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691998485

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 68697 de 28 de Septiembre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Número de sentenciaSTL14298-2016
Fecha28 Septiembre 2016
Número de expedienteT 68697
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

Magistrado ponente


STL14298-2016

Radicación n.° 68697

Acta 36


Bogotá, D.C., veintiocho (28) de septiembre de dos mil dieciséis (2016).


Decide la S. sobre la impugnación interpuesta por AGROINDUSTRIALES DEL TOLIMA S.A. contra el fallo proferido por la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, de fecha 11 de agosto de 2016, que concedió la protección de amparo promovida por ÉLGAR RODRÍGUEZ ACHAGUA contra la SALA ÚNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE YOPAL y el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.


  1. ANTECEDENTES


El peticionario solicitó la protección de sus derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso y al acceso a la administración de justicia; los cuales considera conculcados con ocasión de las providencias proferidas al interior del juicio de reorganización empresarial.


Manifestó que el 24 de julio de 2015 realizó solicitud especial de apertura de proceso de reorganización empresarial y de pasivos.


Del asunto le correspondió conocer al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Yopal, quien el 2 de diciembre siguiente decretó la apertura del procedimiento especial, sin embargo, el 30 de marzo de 2016 declaró la ilegalidad de aquel, al considerar que se admitió tal trámite respecto de una persona que no es comerciante.


El juzgado mantuvo la determinación al resolver el recurso de reposición formulado y concedió la alzada. El 20 de junio de 2016 la S. accionada confirmó la decisión cuestionada.


Como soporte de la queja constitucional esgrimió que en el asunto se desconoció el precedente jurisprudencial fijado por la S. de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia en sentencias de tutela STC6883-2015, STC7676-2016 y STC7781-2016; se negó mérito probatorio a las documentales allegadas a partir de las cuales se colige que ejerce actividades mercantiles; y no se aplicó las normas que regulan el asunto.


Por lo anterior, solicitó al juez constitucional la protección de sus derechos fundamentales invocados y, como consecuencia de ello, se deje sin efectos las determinaciones adoptadas el 30 de marzo y 20 de junio de 2016, ordenando en su lugar que se continúe con el trámite de reorganización empresarial.


  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


Mediante proveído del 1º de agosto de 2016 el a quo admitió la acción de tutela, ordenó notificar a los accionados, con el fin de que ejercieran los derechos de defensa y contradicción.


Surtido el trámite de rigor, la S. cognoscente de este asunto constitucional en primer grado, mediante sentencia del 11 de agosto de 2016, concedió la protección procurada y, en ese sentido, ordenó al juzgado accionado que «… en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, invalide la decisión de 11 de mayo de 2016 y proceda a resolver nuevamente la reposición contra el auto de 30 de marzo del corriente año, teniendo en cuenta los...

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