Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 93313 de 15 de Agosto de 2017
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Barranquilla |
Número de expediente | T 93313 |
Número de sentencia | STP12232-2017 |
Fecha | 15 Agosto 2017 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
Bogotá D. C., quince (15) de agosto de dos mil diecisiete (2017).
VISTOS
Se pronuncia la Sala sobre la impugnación instaurada por el accionante MIGUEL MARIANO GONZÁLEZ SALCEDO contra el fallo proferido el 1° de junio del presente año por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRANQUILLA, mediante el cual negó las pretensiones de la demanda de tutela formulada contra los JUZGADOS PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO DE DEPURACIÓN de la misma ciudad, PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO DE SOLEDAD (ATLÁNTICO) y la AERONÁUTICA CIVIL, trámite al que se vinculó al JUZGADO SÉPTIMO PENAL DEL CIRCUITO – CAUSAS MIXTAS DE BARRANQUILLA.
ANTECEDENTES
En sustento de la solicitud de amparo, señaló MIGUEL MARIANO GONZÁLEZ SALCEDO que en el año 2009 fue denunciado por la representante legal de la Aeronáutica Civil, por el delito de peculado culposo, debido a que se había perdido un computador cuando se desempeñaba como almacenista de esa entidad.
Adujo que las diligencias correspondieron al Juzgado Primero Penal del Circuito de S., autoridad que remitió la actuación al Juzgado Primero Penal del Circuito de Depuración de Ley 600 de Barranquilla, que el 10 de septiembre de 2014, lo condenó a 12 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el mismo lapso de la pena principal y le concedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
Refirió que no fue notificado personalmente del fallo, lo que le impidió ejercer el derecho de contradicción y apelar la sentencia condenatoria, a lo que se suma que la Aeronáutica Civil le inició proceso disciplinario, por los mismos hechos, pese a que en el 2006 se le había archivado una actuación similar.
En ese contexto, pidió el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y defensa y en consecuencia, que se deje sin efecto la sentencia emitida en su contra y se solicite a la Aeronáutica Civil que se abstenga de continuar con el proceso disciplinario DIS-01-128-2016, el cual surgió con ocasión del fallo penal.
EL FALLO IMPUGNADO
La Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla negó el amparo invocado, al considerar que no existió la alegada afectación de los derechos del actor, toda vez que al no lograr la comparecencia de GONZÁLEZ SALCEDO a notificarse del fallo condenatorio, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Depuración de Barranquilla lo notificó mediante edicto, de conformidad con lo establecido en el artículo 180 de la Ley 600 de 2000.
Además, refirió que no...
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