Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002017-02250-00 de 6 de Septiembre de 2017
Sentido del fallo | ACEPTA IMPEDIMENTO - DECLARA FUNDADO |
Número de sentencia | ATC5863-2017 |
Número de expediente | T 1100102030002017-02250-00 |
Fecha | 06 Septiembre 2017 |
Tipo de proceso | IMPEDIMENTO |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
A.W.Q.M.
Magistrado ponente
ATC5863-2017
Radicación n° 11001-02-03-000-2017-02250-00
(Aprobado en sesión de seis de septiembre de dos mil diecisiete)
Bogotá, D. C., seis (6) de septiembre de dos mil diecisiete (2017).
Se acepta el impedimento manifestado en Sala de la fecha por el Magistrado Á.F.G.R. para conocer de la solicitud de amparo de la referencia, toda vez conoció, en sede de casación, del proceso objeto de la queja constitucional, declarando prematuramente concedido el remedio extraordinario que, inicialmente, dispensó el Tribunal enjuiciado en contra del fallo objeto de tutela, a través de proveído del 21 de septiembre de 2016 (folios 95 a 105), por lo cual por expresa remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, se configura la causal prevista en el numeral 6° del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal.
Por lo expuesto, se declara separado del conocimiento de este proceso al Magistrado impedido y no se designa C. para reemplazarlo, porque con los restantes Magistrados integrantes de la Sala, existe quórum suficiente para deliberar y decidir el presente asunto.
L.A. RICO PUERTA
Presidente de Sala
Ausencia justificada
MARGARITA CABELLO BLANCO
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
ARIEL SALAZAR RAMÍREZ
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA
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