Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002017-03420-00 de 15 de Diciembre de 2017
Sentido del fallo | CONCEDE TUTELA |
Número de sentencia | STC21658-2017 |
Fecha | 15 Diciembre 2017 |
Número de expediente | T 1100102030002017-03420-00 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
Magistrado ponente
STC21658-2017
Radicación nº. 11001-02-03-000-2017-03420-00(Aprobado en sesión de catorce de diciembre de dos mil diecisiete)
Bogotá, D.C., quince (15) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
Se procede a desatar la tutela entablada por Javier Elías Arias Idagarra contra la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de P.; trámite al que fue vinculado el Banco Colpatria S.A., el Juzgado Tercero Civil del Circuito de P. y otros.
ANTECEDENTES
El promotor solicitó protección con el propósito de que «SE ORDENE al TSSCF de P., que se pronuncie NUEVAMENTE en sentencia luego de dejar sin efecto la sentencia fechada 9 de mayo/17, sobre lo que ordena el art. 15 de la ley». Para pretender como lo hizo señaló que ese cuerpo colegiado «confirmó la sentencia q (sic) amparó las pretensiones, excepto el ordinal 2 q’ (sic) mandó al banco a instalar señalización, avisos, información visual y sistemas de alarmas luminosas, aptas para su reconocimiento por personas sordas, sordo ciegas e hipo acústicos».
Para el tiempo en que se sentó el proyecto no se pronunciaron los convocados.
CONSIDERACIONES
La acción consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política no fue destinada a replicar las providencias emitidas en el curso de procesos jurisdiccionales, ya que permitirlo sería contrariar la independencia y autonomía de quienes cumplen esa actividad; empero, resulta idónea, de manera excepcional, para garantizar prerrogativas fundamentales y convencionales, en aquellos eventos en los que se advierta una ostensible, arbitraria y grosera actuación. Por supuesto, luego de superado el estudio preliminar correspondiente.
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