Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP1329-2018 de 5 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 734059421

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP1329-2018 de 5 de Abril de 2018

Número de expediente47599
Fecha05 Abril 2018
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

L.A.H.B.

Magistrado Ponente

AP1329-2018

Radicación 47599

(Aprobado Acta No. 109).

B.D.C., abril cinco (5) de dos mil dieciocho (2018).

VISTOS

La Corte resuelve el recurso de reposición interpuesto por el defensor de D.E.M.G. contra el auto del 28 de septiembre de 2017, por medio del cual se inadmitió la demanda de revisión que presentó.

ANTECEDENTES

El 16 de noviembre de 2009, el Juzgado 4 Penal del Circuito Especializado de Bogotá condenó al mencionado ciudadano a 30 años, 8 meses y 7 días de prisión, multa de 50.000 salarios mínimos legales mensuales e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años, como coautor de los delitos de lavado de activos agravado y captación masiva y habitual de dinero, decisión confirmada por el Tribunal Superior de Bogotá a través de fallo del 30 de mayo de 2013.

El 3 de febrero de 2016 se decidió casar oficiosa y parcialmente la sentencia de segundo grado en el sentido de tasar la pena impuesta a DAVID MURCIA en 22 años, 10 meses y 15 días de prisión y multa de 25.732,24 salarios mínimos legales mensuales, dejando en lo demás incólume tal providencia.

El abogado que adujo haber actuado como defensor del sentenciado en el curso del proceso, presentó acción de revisión contra el fallo de condena con fundamento en la causal segunda, por considerar que si el 20 de noviembre de 2008 se realizó la audiencia de imputación, el lapso de 4 años y 6 meses que corresponde a la mitad del máximo de pena dispuesto para el delito de captación masiva y habitual de dinero se cumplió antes de proferirse el fallo de segundo grado y así se imponía declararlo.

El 5 de mayo de 2017 la Sala inadmitió la demanda de revisión, al advertir que el abogado no aportó el poder especial requerido para accionar en revisión.

Entonces, el referido profesional interpuso recurso de reposición y la Corte mediante auto del 28 de septiembre de 2017 repuso la decisión impugnada, en el sentido de reconocer que el defensor que actuó en el curso del proceso está legitimado para promover la acción de revisión. A su vez, decidió inadmitir la demanda de presentada en nombre del condenado D.E.M.G..

FUNDAMENTOS DEL RECURSO

En esta oportunidad el impugnante solicitó la reposición del referido auto, por considerar que si el delito de captación masiva y habitual de dinero tiene una pena máxima de 9 años de prisión, luego de la audiencia de imputación la acción penal prescribe en 4 años y 6...

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