Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5536-2018 de 26 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 736663041

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5536-2018 de 26 de Abril de 2018

Número de expedienteT 97915
Fecha26 Abril 2018
MateriaDerecho Penal

Eyder Patiño Cabrera

Magistrado ponente

STP5536-2018

Radicación n.° 97915

Acta 132

Bogotá, D.C., veintiséis (26) de abril de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO

Se resuelve la impugnación presentada por R.R.M. frente a la decisión proferida el 6 de marzo de 2018 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, mediante la cual le negó la acción de tutela interpuesta contra las Fiscalías 22 y 36 Seccionales de Administración Pública de esa ciudad, las Procuradurías Provincial de San Gil y Regional de Santander, por la presunta vulneración de su derecho al debido proceso.

Al presente trámite fueron vinculados la Contraloría General de la República –Contraloría Delegada para la Gestión Pública e Instituciones Financieras-Dirección de Vigilancia Fiscal y el Juzgado 2º Penal del Circuito de San Gil.

ANTECEDENTES

Hechos y fundamentos de la acción

Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:

[…] Del confuso escrito genitor extrae la Sala que para el accionante existen dos circunstancias, que en su criterio generan la vulneración de sus derechos fundamentales, la primera está determinada por la decisión adoptada por la Procuraduría Provincial de San Gil mediante Resolución No. 36 del 17 de agosto de 2011 de declararlo disciplinariamente responsable, en virtud del sobrecosto generado en los contratos No. 001 del 31 de enero de 2008 y 006 de 8 de febrero de ese mismo año, celebrados por éste en calidad de Alcalde y representante legal del municipio de Cabrera Santander, imponiéndole como consecuencia la sanción consistente en destitución e inhabilidad por el término de 10 años.

Contra la aludida decisión señaló el accionante haber interpuesto recurso de apelación ante la Procuraduría Regional de Santander, que fuera confirmada mediante providencia de 5 de marzo de 2017,, modificando la sanción para imponerle suspensión del cargo por el término de 4 meses, decisiones es que en su criterio están viciadas de nulidad por haber tenido en cuenta pruebas que debían ser excluidas y por- omitir la valoración de la decisión adoptada por la Contraloría General de la República respecto a la acción fiscal generada en virtud de tales contratos, la cual en su criterio, imponía absolverlo de cualquier otra responsabilidad, bien disciplinaria o fiscal.

La segunda situación en la que hace consistir la vulneración de sus derechos fundamentales es la decisión de la Fiscalía General de la Nación a través de su representante de abrirle investigación, teniendo como base la sanción disciplinaria de la que se duele, sin que para ello haya existido previamente compulsa de copias, lo que en su criterio estaría vulnerando sus derechos fundamentales, toda vez que los elementos materiales probatorios con base en los cuales el ente acusador le formuló imputación y acusación, se limitan a las pruebas recaudadas en los procesos disciplinarios, sin que le hubiesen permitido rendir versión libre o diligencia de descargos para pronunciarse sobre los hechos investigados.

Como consecuencia de la protección de los derechos fundamentales que invoca, solicita que se declare la nulidad de las Resoluciones No. 017 de 5 de marzo de 2012 y 036 de 17 agosto de 2011, proferidas por las Procuradurías Regional de Santander y Provincial de San Gil respectivamente; así mismo solicita que se disponga la nulidad de lo actuado dentro de la investigación adelantada por la Fiscalía...

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