Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº AL2263-2018 de 3 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 737615009

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº AL2263-2018 de 3 de Mayo de 2018

Número de expediente79243
Fecha03 Mayo 2018
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

G.B.Z.

Magistrado ponente

AL2263-2018

Radicación n.° 79243

Acta 15

Bogotá, D.C., tres (03) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

Decide la Corte el recurso de reposición interpuesto por el apoderado del demandante recurrente, J.E.A.D., contra el auto proferido por esta Sala, el 7 de marzo de la presente anualidad, mediante el cual se declaró desierto el recurso de casación, dentro del proceso ordinario laboral que adelanta contra el BANCO DE LA REPÚBLICA

ANTECEDENTES

Esta Sala de la Corte mediante providencia del 7 de marzo de 2018, declaró desierto el recurso extraordinario de casación presentado por el apoderado de la parte recurrente, contra la sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 5 de abril de 2017, al considerar que la demanda no se presentó dentro del término legal, de conformidad con el informe de la Secretaría obrante a folio 29 del cuaderno de la Corte.

El profesional del derecho, mediante escrito presentado el 13 y 14 de marzo de la presente anualidad, adujo que si bien el término para presentar la sustentación del recurso corrió entre el 7 de diciembre de 2017 al 26 de enero de 2018, destacando a su vez que en la última calenda en referencia, “ tuvo lugar en esta ciudad capital una manifestación desde antes de las 6 de la mañana y hasta finalizar la tarde por parte de los moteros que protestaron ante la decisión del distrito de prohibir el patrullero hombre mayor de 14 años y el alza injustificada de las tarifas de SOAT.

Como fue de público conocimiento, los usuarios del sistema y aun los conductores de vehículos particulares se vieron inmersos en un estancamiento que generó trancones, hasta pasadas las cinco de la tarde., como se puede extraer de la publicación hecha por el periódico el tiempo para dicha calenda…

Así las cosas, fue física y materialmente imposible que cualquier usuario se acercara al sector, hecho que al ser de público conocimiento, no solo para interesados, sino de los funcionarios y empleados; ese día se tornó inhábil, en lo que a conteo de términos se trata, pues son problemas de orden público que se salen de las manos de la ciudadanía en General.

Teniendo en cuenta lo anterior, los términos se vencieron el 29 de enero de 2018, por lo que en el escrito presentado quedó interpuesto a tiempo”.

CONSIDERACIONES

Revisada la actuación, la Sala observa que mediante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR