Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº ATL1200-2018 de 30 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 737732445

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº ATL1200-2018 de 30 de Mayo de 2018

Fecha30 Mayo 2018
Número de expedienteT 51316
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

J.M.B.R.

Magistrado ponente

ATL1200-2018

Radicación n.° 51316

Acta 19

Bogotá, D.C., treinta (30) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

Resuelve la Corte la consulta de la providencia proferida el 18 de mayo de 2018, por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA, en el incidente de desacato promovido por ALBA Y.Q.S. quien actúa en representación de su hija L.K.M.Q. y mediante la cual se dispuso sancionar por desacato al DIRECTOR GENERAL SE SANIDAD MILITAR – V.C.A.G.P. y la TENIENTE CORONEL E.P.G.G., DIRECTORA DEL DISPENSARIO MÉDICO DE BUCARAMANGA ANTES HOSPITAL MILITAR REGIONAL DE BUCARAMANGA.

ANTECEDENTES

De conformidad con la documental arrimada al trámite del incidente de desacato, se observa que la señora A.Y.Q.S. quien actúa en representación de su hija L.K.M.Q. presentó acción de tutela contra el Ministerio de Defensa Nacional, el Ejército Nacional, la Dirección General de Sanidad Militar y el Hospital Militar Regional de B., la cual le fue concedida mediante fallo del 24 de enero de 2013, por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga.

Para el efecto, dicho juez constitucional de primer grado ordenó a las accionadas «dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, autoricen y supervisen la efectiva prestación del servicio de consulta de ortopedia pediátrica prescrito a la menor L.K.M.Q.; y asumir la atención integral en cuanto dependa, se relaciones y concierna con las patologías de parálisis cerebral, epilepsia y síndromes epilépticos idiomáticos, y conforme a las prescripciones de su médico tratante».

Por considerar la parte actora que no se había dado cumplimiento a la orden impartida en el fallo de tutela, en relación al suministro de los medicamentos «topiramato, fórmula para dieta cetogenica, clobazan, carnitina, levetiracetam, lamotrigina, mometazona, levotiroxina sódica, atorvastatina, ciento veinte unidades de pañales», promovió incidente de desacato, con escrito radicado el 7 de mayo del 2018.

Mediante auto del 8 de abril de 2018 y previo a dar trámite al incidente desacato, el Juez Colegiado, requirió al Director General de Sanidad Militar V.C.A.G.P., así como a la Directora del Hospital Militar Regional de Bucaramanga, T.E.P.G.G., a fin de informaran sobre las gestión para el cumplimiento de la decisión de tutela; así mismo, requirió al Ministro de Defensa L.C.V.E. y al M. General R.G.N.C. del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR