Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP10705-2018 de 16 de Agosto de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 739695561

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP10705-2018 de 16 de Agosto de 2018

Fecha16 Agosto 2018
Número de expedienteT 99763
MateriaDerecho Penal

Eyder Patiño Cabrera

Magistrado ponente

STP10705-2018

Radicación n.° 99763

Acta 270

Bogotá, D.C., dieciséis (16) de agosto de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO

Se resuelve la impugnación presentada por R.A.V.V. frente a la decisión proferida el 9 de julio por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, mediante la cual le negó la acción de tutela interpuesta contra el Juzgado 5º Penal del Circuito con funciones de conocimiento de esa ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso, de petición y al acceso a la administración de justicia.

Al presente trámite fue vinculada la Administradora Colombiana de Pensiones [COLPENSIONES].

ANTECEDENTES

H. y fundamento de la acción

Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:

[…] Manifiesta el accionante que radicó petición ante la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES, tendiente a que se materialice el cumplimiento de la sentencia No. 002 del 13 de Enero de 2.016 proferida por el Juzgado 15 Laboral del Circuito de Cali que fuera confirmada por la Sala Laboral del Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en la que se condenó a COLPENSIONES a cancelar a favor del accionante pensión de sobrevivientes incluida la indexación, reajustes, etc.; por no haber recibido repuesta, decide impetrar acción constitucional de tutela el día 16 de enero de 2018, correspondiendo por reparto al JUZGADO 05 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE CALI, obteniendo sentencia favorable el 29 de enero del año que descorre.

Al percibir incumplimiento de la tutela, el afectado solicita el 09 de febrero del año que trascurre, se inicie el incidente de desacato por parte del Juzgado 05 Penal del Circuito de Cali, al cual se le dio trámite, fruto del mismo hubo pronunciamiento por parte de COLPENSIONES el día 05 de abril de 2018, donde le comunican al tutelante que no es posible el cumplimiento de la sentencia No. 002 del 13 de Enero de 2.016 proferida por el Juzgado 15 Laboral del Circuito de Cali, toda vez que no se allegó de manera completa la documentación para el fin pretendido, afirmando el demandante que la respuesta de COLPENSIONES está encaminada a dilatar el reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente a la que tiene derecho.

Menciona el accionante que radica el 31 de mayo de 2018, memorial ante el Juzgado 05 Penal del Circuito de Cali para que se continúe con el incidente de desacato propuesto y en consecuencia imponga sanción a COLPENSIONES, como quiera que no han cumplido la sentencia anotada, al respecto el Despacho se pronunció el 06 de junio de esta anualidad, indicando que no hay incumplimiento alguno por parte de la entidad accionada, pues ya existe respuesta a la petición, en consecuencia no se continua con el trámite incidental, incurriendo así, según indica el señor VICTORIA VALDERRUTEN en violación de sus derechos fundamentales, haciendo referencia a jurisprudencia constitucional sobre el derecho a la defensa, personas con discapacidad, debido proceso y acceso a la administración de justicia.

SENTENCIA IMPUGNADA

La Sala Penal del Tribunal Superior de Cali negó el amparo al estimar que la petición que originó la acción de tutela ante el Juzgado 5º Penal del Circuito de esa ciudad, iba encaminada a que se emitirá respuesta a la petición presentada por el accionante ante COLPENSIONES, por lo que su ámbito de competencia, se limitó a verificar si existe o no respuesta.

Resaltó que la orden de tutela no obligaba a que la respuesta fuese positiva frente al requerimiento del accionante, por lo que el pronunciamiento de COLPENSIONES satisface el contenido de lo solicitado y el hecho de que no haya sido favorable al accionante no quiere decir que se haya incurrido en desacato del fallo de tutela emitido el 29 de enero de 2018.

LA IMPUGNACIÓN

R.A.V.V. reiteró los planteamientos de la demanda, lo cuales están encaminados a señalar que COLPENSIONES no ha cumplido la orden de tutela proferida por el Juzgado 5º Penal del Circuito de Cali.

CONSIDERACIONES
  1. Problema Jurídico

    Corresponde a la Sala verificar...

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