Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP4293-2018 de 26 de Septiembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 741771073

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP4293-2018 de 26 de Septiembre de 2018

Fecha26 Septiembre 2018
Número de expediente51008
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

L.G.S.O.

Magistrado Ponente

AP4293-2018

Radicación n° 51008

Acta 339

Bogotá, D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO

La Sala se pronuncia sobre la admisión de la demanda sustento del recurso de casación interpuesto por el defensor de P.L.R.S., contra el fallo del 16 de junio de 2017 del Tribunal Superior de Tunja, mediante el cual confirmó la sentencia proferida el 31 de marzo de 2016 por el Juzgado 2º Penal del Circuito de esa ciudad, que lo condenó a cuarenta y un (41) meses y quince (15) días de prisión como autor del delito de daño en los recursos naturales y lo absolvió de los hechos punibles de ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables e invasión de tierras o edificaciones.

HECHOS

Mediante resolución 0313 del 8 de febrero de 2010, P.L.R.S. propietario del predio “Peña de la V.” ubicado en las veredas C. y Salamanca de S. (Boy), recibió permiso de Corpoboyacá para el aprovechamiento forestal y la explotación del bosque y 54.000 árboles, el cual fue suspendido provisionalmente por incumplimiento de normas ambientales, al adelantar la tala rasa en vez de la selectiva de árboles, no recoger los residuos, arrastrar las especies y residuos afectando el suelo y el agua de la zona, invadir los cauces y zonas de protección de la reserva hídrica y afectar el ecosistema del páramo R..

ANTECEDENTES

El 18 de junio en audiencia preliminar ante el Juez Promiscuo Municipal de S. con función de control de garantías, la fiscalía le formuló imputación a P.L.R.S. por el delito de ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables en concurso con invasión de tierras o edificaciones y daños en los recursos naturales –arts. 329, 331, 263, y 31 del Código Penal-, y solicitó la medida no privativa de la libertad prevista en el numeral 4, literal b, del artículo 307 de la Ley 906 de 2004, la cual fue concedida.

El 12 de septiembre de 2014 presentó escrito de acusación y el 7 de abril de 2015, en audiencia ante el Juez 2º Penal del Circuito de Tunja formuló acusación por los delitos imputados.

El 31 de marzo de 2016 el Juez absolvió al acusado de los delitos de ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables e invasión de tierras o edificaciones y lo condenó por el de daños en los recursos naturales, sentencia que el Tribunal por vía de apelación confirmó sin modificación alguna...

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