Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº ATC2039-2018 de 24 de Octubre de 2018
Número de expediente | T 1100122030002018-02045-01 |
Fecha | 24 Octubre 2018 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
L.A. RICO PUERTA
Magistrado ponente
ATC2039-2018
Radicación n.° 11001-22-03-000-2018-02045-01
(Aprobado en sesión de veintitrés de octubre de dos mil dieciocho).
Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de octubre de dos mil dieciocho (2018).
Correspondería a la Corte decidir la impugnación del fallo proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 3 de octubre de 2018, que negó la tutela interpuesta por H.R.B., frente a la Fiscalía General de la Nación.
Obrando directamente el querellante promovió la solicitud de amparo, tras considerar que la entidad accionada vulneró sus garantías esenciales al buen nombre, igualdad, vida digna, mínimo vital, debido proceso, y hábeas data, por cuanto no ha procedido a eliminar sus antecedentes de las bases de datos del sistema penal acusatorio.
Como sustento de la queja, señala que la Aeronáutica Civil instauró denuncia penal en su contra por los delitos de «falsedad en documento privado, falsedad material en documento público, fraude procesal y cohecho por dar u ofrecer investigación con número de radicado 10016000000201501839».
Manifiesta, que el 11 de noviembre de 2015 la Fiscalía Delegada ante el Tribunal de Cundinamarca ordenó el archivo de la investigación, pese a ello asegura que su número de identificación y su nombre «sigue apareciendo en los Registros actuales del Sistema de Casos Registrados en la Base de Datos del Sistema Penal Oral Acusatorio –SPOA, y pese a las diferentes solicitudes que [ha] presentado en casa Fiscalía que ha conocido del caso no ha podido lograr que [lo] saquen del sistema».
Afirma, que ha sido víctima de la injusta denuncia realizada por la Aeronáutica Civil «sin tener los elemento (sic) de prueba contundente para denunciarl[o] y la omosión (sic) de la Fiscalía General de la Nación han causado y siguen causando perjuicios irremediables», pues indica que no ha sido contratado laboralmente porque «al revisar [su] información (…) aparece el reporte de la investigación que cursa en la denuncia matriz de la fiscalía».
En consecuencia, pide que se ordene a la Fiscalía General de la Nación «que dentro del término establecido por la ley con ocasión de la tutela, (…) se proceda a resolver positivamente y de fondo la solución para que sea sacado de la denuncia y/o investigación matriz hecha por la aeronáutica civil, como también de todos los sistemas donde pueda ser consultado, incluido el sistema de registros actuales del sistema penal oral acusatorio» (ff. 25 a 31, cd 1).
Mediante fallo proferido el 22 de agosto de 2018, el Juzgado Treinta y...
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