Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP14217-2018 de 30 de Octubre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 744398077

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP14217-2018 de 30 de Octubre de 2018

Fecha30 Octubre 2018
Número de expedienteT 99497
MateriaDerecho Penal

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente

STP14217-2018

Radicación n.º 99497

(Acta 370)

Bogotá, D.C., treinta (30) de octubre de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO

Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, acerca de la demanda de tutela interpuesta por F.J.M.M. contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado 30 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de esta ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia, dentro del proceso penal que se le adelanta por el presunto delito de estafa.

Al trámite de tutela fueron vinculadas las demás partes e intervinientes en el proceso penal No. 11001600001320068169201 que se sigue contra el accionante.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA

De la información aportada se tiene que contra F.J.M.M. se adelanta proceso penal por el delito de estafa, a partir de la denuncia que en su contra presentó A.G.Q. y F.O.R.V. ante la Fiscalía 151 Local de esta ciudad.

El asunto correspondió en primera instancia al Juzgado 30 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá, Despacho que el 17 de enero de 2018 emitió sentencia absolutoria a su favor.

Apelada esa determinación por la representante del ente fiscal, la actuación fue remitida a la Sala Penal del Tribunal Superior de igual ciudad, que mediante fallo de 13 de abril de este año decidió revocar la sentencia absolutoria, para en su lugar, declararlo penalmente responsable del delito atribuido y condenarlo a la pena de 46 meses de prisión y multa de 245,82 salarios mínimos mensuales legales vigentes, concediéndole la suspensión condicional de la ejecución de la pena.

Determinación contra la que se interpuso el extraordinario recurso de casación, en el cual se solicitó prórroga del término para la presentación de la demanda, el que fue negado, por lo que el 21 de junio de este año, a través de apoderado presentó el libelo.

El 3 de julio anterior presentó recurso de reposición contra la negativa de la prórroga, estando en curso su decisión.

Alega el accionante que dentro del proceso penal se presentaron varios defectos procedimentales, al conceder a la Fiscalía el recurso de apelación contra la sentencia, pues a su parecer fue indebidamente concedido, por lo que estima que ello, le repercutió en desfavor, viciando de nulidad la actuación, imperando así la intervención constitucional.

En consecuencia, solicita que se deje sin efecto la actuación desde la concesión del recurso vertical al ente fiscal, sin haberle permitido la oportunidad de ejercer sus derechos como no recurrente.

TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA

Avocado el conocimiento del asunto, se ordenó correr traslado de la demanda a las autoridades accionadas y a los involucrados, para que ejercieran el derecho de contradicción que les asiste, obteniéndose las siguientes respuestas:

  1. Un Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá informó que, en efecto, mediante sentencia de 13 de abril de 2018, revocó el fallo absolutorio para en su lugar, condenar al accionante, quien presentó recurso extraordinario de casación, pendiente por definirse, ante la...

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