Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº ATC2087-2018 de 6 de Noviembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 748647889

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº ATC2087-2018 de 6 de Noviembre de 2018

Fecha06 Noviembre 2018
Número de expedienteT 0500122030002008-00476-05
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

L.A. RICO PUERTA

Magistrado ponente

ATC2087-2018

Radicación n.° 05001-22-03-000-2008-00476-05

(Aprobado en sesión de seis de noviembre de dos mil dieciocho).

Bogotá, D.C., seis (6) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).

Se decide el grado jurisdiccional de consulta, respecto de la providencia dictada por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín el 18 de octubre de 2018.

ANTECEDENTES
  1. En sentencia de 29 de octubre de 2008, la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, concedió el amparo del derecho fundamental a la salud invocado por L.Y.Y.F., en representación de su hija menor de edad, y le ordenó a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional que en el término de 48 horas:

    proceda a autorizar y garantice el suministro de los medicamentos “V. por 500 mgs 120 pastillas por mes y Kepra 100 mgs 1 frasco por mes” requeridos por la menor accionante (…) igualmente se ordena el tratamiento integral que requiere el (sic) accionante en razón de la “esclerosis tuberosa y epilepsia sintomática” que la aquejan

    (ff. 2 y 3, cd. 1).

  2. La abuela de la menor, actuando como su agente oficiosa, informó que la accionada no le ha entregado a la niña los siguientes elementos que le fueron prescritos: «pañales desechables talla M para 5 cambios diarios, en total 150 pañales por mes…correspondientes a los meses de julio y septiembre» (f. 1).

  3. El Tribunal dispuso, por auto de 5 de octubre de 2018, requerir al Brigadier General G.L.G., Director de Sanidad del Ejército Nacional para que dentro del término de 2 días cumpliera el mandato (ff. 11 y 12). Luego, ante el silencio del oficial, dio apertura al trámite incidental de desacato en su contra y le otorgó 3 días para que ejerciera su derecho de defensa y contradicción (ff. 16 y 17). Durante dicho plazo no se pronunció. Por su parte, la incidentante comunicó que no le han entregado los pañales a la menor (f. 20).

  4. Mediante providencia de 18 de octubre de 2018, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, Sala Civil, sancionó por desacato al Brigadier General G.L.G., Director de Sanidad del Ejército Nacional con un día (1) de arresto y multa de tres (3) salarios mínimos legales mensuales, tras advertir el incumplimiento del mandato constitucional (ff. 21 y 22).

  5. Remitido el expediente a la Corte para resolver la consulta de dicha determinación, se procede a su estudio.

CONSIDERACIONES
  1. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR