Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP2141-2018 de 13 de Noviembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 748649869

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP2141-2018 de 13 de Noviembre de 2018

Número de expedienteT 101114
Fecha13 Noviembre 2018
MateriaDerecho Penal

E.F.C.

Magistrado Ponente

ATP2141-2018

Radicación Nº 101114

Acta 381

Bogotá D.C., trece (13) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO

Procede la Sala a pronunciarse acerca del desistimiento de la acción de tutela presentada por A.C.M., frente a la impugnación interpuesta contra la decisión proferida el 18 de septiembre de 2018 por una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, a través de la cual negó la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, libertad e igualdad, presuntamente vulnerados por el Juzgado Cuarto de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Acacias, Meta.

ANTECEDENTES FÁCTICOS Y PROCESALES

  1. Acudió A.C.M. a la extraordinaria vía de tutela, acusando la vulneración de sus derechos fundamentales, atendiendo a la negativa del Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad en la concesión de la libertad condicional, al considerar que cumple con los presupuestos exigidos en el artículo 64 de la Ley 599 de 2000.

    Resaltó que frente a la decisión emitida por el juzgado ejecutor, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación, pero fueron resueltos de manera negativa, lo que consideró errado, debido a que no se tuvo en cuenta el proceso resocializador y su buen comportamiento dentro del establecimiento penitenciario.

  2. La demanda fue avocada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, y surtido el trámite correspondiente emitió fallo el 18 de septiembre de 2018, negando el amparo invocado; teniendo en cuenta no se evidenció en la providencia un defecto sustantivo, pues el juzgado que vigila la pena impuesta al accionante resolvió la libertad condicional en términos del artículo 64 del código penal para concluir motivadamente su improcedencia.

  3. Inconforme con la decisión, dentro del término respectivo, A.C.M. la impugnó; sin embargo, estando el expediente en esta Corporación presentó memorial a través del cual señaló «manifiesto mi deseo de desistir de dicha impugnación »[1].

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

La acción de tutela es un mecanismo de raigambre constitucional, establecido para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos, cuando se vean amenazados o vulnerados por acciones u omisiones de las autoridades públicas o de los particulares en los casos previstos por el legislador, al cual puede acceder cualquier persona que considere se encuentra en alguna de tales eventualidades, cuyo...

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