Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP5039-2018 de 21 de Noviembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 748653217

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP5039-2018 de 21 de Noviembre de 2018

Número de expediente54198
Fecha21 Noviembre 2018
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

L.G.S.O.

Magistrado ponente

AP5039-2018

Radicación n. º 54198

Acta 390

Bogotá, D.C., veintiuno (21) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO

La Sala decide lo pertinente en relación con el incidente de definición de competencia propuesto dentro del proceso que se adelanta en contra de J.A.V.Z., C.C.C.B. y W.L.G., por los delitos de terrorismo e incendio.

ANTECEDENTES
  1. El 25 de mayo de 2017, la Fiscalía 10 Especializada de Bogotá radicó escrito de acusación[1] en contra de C.C.C.B., J.A.V.Z. y W.L.G. por los delitos de terrorismo (artículo 343, Código Penal) e incendio (artículo 350, ejusdem), por los hechos que se consignan a continuación:

    “El pasado 17 de enero de 2017, fue incinerado el vehículo Volkswagen, modelo 2016, de placas IVV 231, en el sector de la Conejera en la ciudad de Bogotá, Calle 170 con carrera 95, localidad de Suba, siendo las 03:55 horas la central de radio de la Policía lo reportó, al parecer por retaliaciones existentes a los conductores de servicio especial UBER por parte de los taxistas de servicio público, toda vez que ellos no permiten que se le haga competencia a su transporte y han demandado por diferentes vías la existencia ilegal de la plataforma UBER.

    Las agresiones por parte del gremio de taxistas al servicio UBER, se han presentado en reiteradas oportunidades, y se trata de un fenómeno delictivo ejecutado presuntamente por un grupo específico de taxistas, tal es: J.A.V.Z. (...), W.L.G. (...) y CÉSAR CAMILO CRISTANCHO BARRANTES (...) en este caso al estar inconformes con la prestación de un nuevo servicio de transporte, se han encargado de causar temor a la población y realizar actos sobre los rodantes que prestan un servicio a la comunidad. Ello de conformidad al análisis en contexto, pues no solo obedece a una política de ataque a los vehículos UBER, es así como existen eventos donde han atacado éstos rodantes, han sido perseguidos, hostigados, cerrados y golpeados con piedras y balines.

    La acción que se realizó con el incendió del rodante antes referido, es probable que tenga un fin particular, perseguir y atacar la empresa UBER y/o a las personas que supuestamente prestan este servicio, y así mismo generando un estado de zozobra en la población Nacional, recuérdese que se trata de un servicio en todo el país.

    Al llegar la patulla J. 5-16 al lugar de los hechos, abordó el señor W.A.G.Á. (...) quien manifestó que él se movilizaba en el vehículo de marca Volkswagen Gold, color blanco, placas IVV-231, modelo 2016, y que prestaba servicio UBER, y al llegar a la altura de la avenida Boyacá, le reportan un servicio por medio del aplicativo, recoge 3 sujetos y le manifiestan que se van al sector de la Conejera, pasados 3 minutos uno de ellos le manifiesta sentirse indispuesto, mareado, solicitando que parara el vehículo y al detenerse fue cerrado por un vehículo taxi amarillo pequeño, terminadas las placas en 883, en ese momento se bajan tripulantes del Volkswagen Gold, y uno de ellos saca un arma de fuego y le apunta diciendo ‘que se baje y no los mirara’, en ese momento el conductor del taxi descendió del mismo con una botella de Coca-Cola la cual contenía al parecer combustible, con el cual lo rosearon y le dijeron ‘que si no quería quemarse con el carro que se fuera’. El señor W. se esconde en unos arbustos y el conductor del taxi rosea combustible al rodante V.G., placas IVV-231 y le encienden fuego. Posteriormente éste sujeto que incendio el vehículo se sube al taxi y en la próxima glorieta...

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