Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP16467-2018 de 11 de Diciembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 762639809

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP16467-2018 de 11 de Diciembre de 2018

Número de expedienteT 102015
Fecha11 Diciembre 2018
MateriaDerecho Penal

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente

STP16467-2018

Radicado N° 102015

Acta 407

Bogotá D.C., once (11) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).

Se pronuncia la Sala en grado jurisdiccional de consulta sobre la providencia proferida el 1º de noviembre de 2018, en virtud de la cual la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta, dispuso imponer al M.J.C.P.B. y a la PD A.G., en sus condiciones de Director del Establecimiento de Sanidad Militar del Batallón ASPC No. 30 “Guasimales” de Cúcuta y Jefe Oficina Jurídica de la Jefatura de Sanidad de la Fuera Aérea Colombiana, respectivamente, arresto de dos (2) días y multa equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes, dentro del incidente de desacato promovido por I.P.G.M., en representación de su menor hijo JFSG.

ANTECEDENTES RELEVANTES

  1. Según lo refieren las diligencias y para lo que interesa en el presente asunto, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta, el 8 de julio de 2013, concedió el amparo al derecho fundamental a la salud del que es titular el menor JFSG y en tal virtud dispuso:

    […] ORDENAR al JEFE DEL ESTABLECIMIENTO DE SANIDAD MILITAR DE ESTA CIUDAD para que en coordinación con el DIRECTOR DE SANIDAD DE LA FUERZA AÉRA de la ciudad de Bogotá, si aún no lo hubieren hecho, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente decisión, entreguen en forma oportuna las autorizaciones para consulta por cirugía de Columna Pediátrica y Valoración por Genética en la ciudad de Bogotá al menor JFSG, así mismo brinden un tratamiento integral al menor accionante, y asuman los gastos de transporte, alojamiento y alimentación del menor JSFG y su madre I.P.G., que en adelante se generen debido al traslado de los mencionados a otras ciudades diferentes a la de la residencia de la madre, con el fin de ejecutarse el tratamiento requerido por el menor dentro de las órdenes dadas por su médico tratante con ocasión de la patología de Escoliosis Congénita Dorso lumbar.

  2. Ejecutoriada la anterior decisión, el 13 de septiembre de 2018, la accionante informó al Tribunal Superior de Cúcuta que la parte demandada no estaba dando cumplimiento al citado fallo, en razón a que las autoridades destinatarias de la orden constitucional, se niegan a autorizarle, reprogramarle y suministrarle los viáticos para que su menor hijo pueda asistir a las citas médicas de «radiografía panorámica de columna, control por medicina física y rehabilitación (incluye control por fisiatría y control por pediatría, ortopedia infantil, pre anestesia, cita de control de cirugía de columna con resultado de radiografías», por lo que solicitó la apertura del respectivo incidente de desacato, en consecuencia, el Juez Colegiado inició formalmente el trámite a través de auto del 16 de octubre de 2018.

  3. El 1º de noviembre de 2018, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta resolvió sancionar con arresto de dos (2) día y multa en el equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes al M.J.C.P.B. y a la PD A.G., en sus condiciones de Director del Establecimiento de Sanidad Militar del Batallón ASPC No. 30 “Guasimales” de Cúcuta y Jefe Oficina Jurídica de la Jefatura de Sanidad de la Fuera Aérea Colombiana, respectivamente, luego de verificar que estaba omitiendo dar cumplimiento a la orden constitucional, pues si bien los servicios médicos objeto del presente diligenciamiento fueron...

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