Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP16762-2018 de 13 de Diciembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 762640513

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP16762-2018 de 13 de Diciembre de 2018

Número de expedienteT 101840
Fecha13 Diciembre 2018
MateriaDerecho Penal

Eyder Patiño Cabrera Magistrado Ponente STP16762-2018 Radicación n.° 101840 Acta n. 408 Bogotá, D.C., trece (13) de diciembre de dos mil dieciocho (2018). ASUNTO Se resuelve la impugnación formulada por T.D.G. frente a la sentencia proferida el 24 de octubre de 2018 por la Sala Penal del Tribunal Superior de B., mediante la cual le negó la tutela interpuesta contra el Juzgado 6º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso y de petición. Al presente trámite fue vinculado el Centro de Servicios Judiciales de los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad de la capital de Santander. ANTECEDENTES 1. Fundamentos de la acción Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera: Refiere el señor D.G. que el 31 de julio de 2018 presentó solicitud al juzgado demandado; durante los días 9 de mayo y 30 de agosto de 2018 de la Oficina Jurídica se enviaron documentos para detención domiciliaria y libertad condicional, respectivamente, pero no ha recibido ninguna respuesta o notificación por parte del despacho, situación por la que estima vulnerados los derechos fundamentales de petición y libertad condicional. Pretende entonces que se ordene al accionado que resuelva de fondo su petición del 30 de agosto. Aporta copia de escrito de petición; oficio de respuesta emitida por EPAMS DE GIRÓN. SENTENCIA IMPUGNADA La Sala Penal del Tribunal Superior de B. negó el amparo al considerar que el Juzgado 6º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa urbe, se pronunció sobre las solicitudes de prisión domiciliaria, libertad condicional y redención de pena, lo cual se traduce en un hecho superado por carencia actual de objeto. LA IMPUGNACIÓN T.D.G. presentó memorial con el que indicó que no se encuentra conforme con las decisiones tomadas por el juez que vigila su condena, en especial, al dejar de reconocer como redención todo el tiempo al que tiene derecho y, de contera, la libertad condicional. CONSIDERACIONES 1. Problema jurídico Corresponde a la Sala determinar si el Juzgado 6º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de B. vulneró los derechos al debido proceso y de petición del actor, ante la mora generada para resolver las solicitudes presentadas ante dicha autoridad. En ese orden, se deberá establecer si la supuesta dilación en pronunciarse sobre tales requerimientos atentó contra los derechos invocados, y si el amparo resulta procedente pese a que el...

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