Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP159-2019 de 17 de Enero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 762826069

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP159-2019 de 17 de Enero de 2019

Número de expedienteT 102236
Fecha17 Enero 2019
MateriaDerecho Penal

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Magistrado Ponente

STP159-2019

Radicación n.° 102236

Acta n.° 7

Bogotá, D.C., diecisiete (17) de enero de dos mil diecinueve (2019).

V I S T O S

Procede la Sala a resolver la impugnación interpuesta por la apoderada de la Oficina Jurídica de la Procuraduría General de la Nación contra el fallo proferido el 16 de noviembre de 2018, por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán, Sala Penal, por medio del cual amparó el derecho fundamental de petición invocado por F.J.G.L..

  1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

    El 9 de octubre de 2018 F.J.G.L., presentó petición ante el Procurador General de la Nación, con el fin de ser nombrado Procurador 60 Judicial I Delegado para la Conciliación Administrativa con sede en Cali, toda vez que ocupó el puesto 86 en la lista de elegibles publicada mediante Resolución nº. 338 de 8 de julio de 2016, al cabo del proceso de selección convocado para proveer, entre otros, el cargo en mención.

    En la denotada fecha, el demandante, además, dirigió solicitud a la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación con el propósito de obtener información sobre las procuradurías judiciales I, código 3 GP, grado EG, para la conciliación administrativa, que hasta el 14 de septiembre de 2018 se encontraran vacantes o designadas en provisionalidad, en dicha petición deprecó se precisaran los nombramientos que realizó el Procurador General en esos cargos, en el 2017 y 2018, para lo que aportó copia de los decretos en los que se hizo el nombramiento y posesión en su favor.

    También solicitó en la misiva se le informaran cuáles fueron los concursantes que, encontrándose en la lista de elegibles contenida en la Resolución nº. 338 para Procurador Judicial I Administrativo, no habían sido nombrados o que habiendo sido nombrados no tomaron posesión del cargo.

    Por último, deprecó se le informara si hasta el 31 de agosto de 2018, él era el único concursante que continuaba en la mencionada lista sin ser nombrado o existían otros concursantes en la misma situación, en caso afirmativo, solicitó se le indicaran sus nombres completos y posición en la lista.

    Señala el demandante que, a pesar de haber recibido una respuesta por parte de la Secretaria General de la Procuraduría, en oficios del 19 de octubre y 1º de noviembre de 2018, ésta desconoció su derecho fundamental de petición y acceso a la administración de justicia, porque el Procurador General de la Nación debió emitir la respectiva contestación, en lugar de la citada funcionaria, aunado a que omitió brindarle una información completa sobre lo solicitado, porque omitió incluir en el listado de cargos vacantes a la Procuraduría 60 Judicial I para la Conciliación Administrativa con sede en Cali.

    En ese orden de ideas, demanda que en amparo de las garantías fundamentales invocadas, se ordene a la autoridad accionada emitir una respuesta de fondo, clara y precisa en punto a su solicitud de nombramiento en la Procuraduría 60 Judicial I Delegada para la Conciliación Administrativa con sede en Cali, remitida el 9 de octubre de 2018, así como a la Secretaria General de la misma entidad, informarle desde qué fecha de 2018 y hasta cuándo la Procuraduría en mención permaneció vacante o que, en su defecto, indique las razones por las cuales omitió relacionar dicha dependencia en la respuesta de 1º de noviembre de 2018, distinguida con el radicado 1110030000000, E 2018 497855.

  2. TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA

    La solicitud de tutela interpuesta contra la Procuraduría General de la Nación fue admitida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán mediante proveído del 6 de noviembre de 2018, en el que dispuso vincular al trámite a la Procuraduría General de la Nación y la Secretaría General de esa entidad, y ordenó correr los traslados pertinentes.

    La abogada asesora de la Oficina Jurídica de la Procuraduría General de la Nación solicitó se desestimaran las pretensiones de la demanda, en atención a que en virtud de la Resolución nº. 253 del 9...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR