Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº T 102269 de 17 de Enero de 2019
Sentido del fallo | DECLARACIÓN DE NULIDAD |
Número de sentencia | ATP016-2019 |
Fecha | 17 Enero 2019 |
Número de expediente | T 102269 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Materia | Derecho Penal |
JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO
Magistrado Ponente
Radicación n.° 102269
Acta n.° 7
Bogotá, D.C., diecisiete (17) de enero de dos mil diecinueve (2019).
V I S T O S
Se pronuncia la Sala sobre la demanda de tutela interpuesta por el ciudadano J.E.S.S., contra el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Bogotá, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad y la Sala de Casación Laboral de esta Corporación, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.
I. ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA ACCIÓN
El ciudadano JORGE ELICIO SUÁREZ SUÁREZ promueve demanda, en procura de amparo para los derechos fundamentales que estima vulnerados por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Bogotá, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad y la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
La queja constitucional se contrae en esencia, a la inconformidad que manifiesta el actor frente a las decisiones proferidas por los despachos judiciales accionados, con desconocimiento de la línea jurisprudencial emanada de la Corte Constitucional que aborda la problemática de los trabajadores de la Fundación San Juan de Dios, en virtud de la cual se determina la naturaleza privada de la Fundación entre los años 1979 y 2005 y, por contera, se le otorga esa misma condición a los trabajadores durante ese lapso de tiempo. Cita como referencia, las sentencias SU-484/08, T-10/12, T-121/16 y Auto 268/16.
Sometida a reparto la demanda de tutela, este despacho avocó el conocimiento por auto del 12 de diciembre de 2018, ordenando la notificación de las autoridades judiciales accionadas y la vinculación de todas las partes intervinientes dentro del proceso ordinario laboral reprobado.
Para hacer efectiva la notificación, la Secretaría de la Sala de Casación Penal requirió información ante su homóloga de la Sala de Casación Laboral, obteniendo como respuesta que consultado el sistema de gestión de la Corporación, no se encontró que haya cursado o curse recurso extraordinario de casación a nombre del señor J.E.S.S..
Asimismo, se procedió a realizar la respectiva consulta en la página de la Rama Judicial, y si bien, figura un proceso ordinario laboral ante el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Bogotá, siendo demandada la Fundación San Juan de Dios y demandante el aquí accionante, lo cierto...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba