Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 52156 de 30 de Abril de 2019
Número de expediente | 52156 |
Fecha | 30 Abril 2019 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO
Magistrado Ponente
Radicación n° 52156
Acta 101
B.D.C., treinta (30) de abril de dos mil diecinueve (2019).
ASUNTO
La Sala se pronuncia sobre la admisión de la demanda sustento del recurso de casación interpuesto por el apoderado de W.H.A.P., contra el fallo del 28 de noviembre de 2017 del Tribunal Superior de Tunja, mediante el cual revocó parcialmente la sentencia proferida el 4 de abril de 2016 por el Juzgado 5º Penal del Circuito de esa ciudad, al condenarlo por el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce en concurso homogéneo y sucesivo y modificar la pena impuesta por el punible de actos sexuales con menor de catorce años, para fijarle definitivamente ciento cincuenta (150) meses de prisión.
HECHOS
En fecha indeterminada del año 2006 y hasta el 20 de abril de 2008, en el sector rural de El Valle de la vereda C. del municipio de Toca, la menor A.Y.M.C. quien para esa época vivía con su progenitora G.C. y su padrastro W.H.A.P., en varias ocasiones fue sometida por éste a diversos tocamientos impúdicos en diferentes partes de su cuerpo, algunos de los cuales comprendieron la introducción de los dedos en su vagina.
ANTECEDENTES
El 27 de marzo de 2014 en audiencia preliminar concentrada ante la Juez 1º Penal Municipal de Tunja con función de control de garantías, se legalizó la captura de ALBA PÉREZ; la Fiscalía le formuló imputación por los delitos de acceso carnal abusivo y actos sexuales con menor de catorce años agravados en concurso heterogéneo, homogéneo y sucesivo (arts. 208, 209, 211.2, 31 del Código Penal), cargos que el imputado no aceptó; y, pidió medida de aseguramiento de detención preventiva, la cual le fue impuesta en centro carcelario.
El 25 de abril del mismo año la fiscalía radicó el escrito de acusación; el 16 de septiembre lo adiciona incluyendo un nuevo elemento material probatorio; y, ese mismo día, en audiencia ante el Juez 5ª Penal del Circuito de Tunja, formuló acusación por los punibles imputados.
El 4 de abril de 2016 el juez en consonancia con el anuncio del sentido del fallo, condenó a ALBA PÉREZ por el delito de actos sexuales con menor de catorce años agravado en concurso homogéneo y sucesivo, le impuso ochenta y cuatro (84) meses de prisión y lo absolvió de la conducta punible de acceso carnal abusivo con menores de catorce años agravado en concurso homogéneo y sucesivo.
La Fiscalía interpuso recurso de apelación contra la decisión absolutoria y el Tribunal Superior de Tunja al desatarlo, la revocó y en su lugar condenó a ALBA PÉREZ por dicho delito, razón por la cual modificó la pena fijándola en ciento cincuenta (150) meses de prisión, constituyendo la revocatoria el objeto de la casación.
FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN
En la demanda con fundamento en el numeral 3º del artículo 181 de la Ley 906 de 2004, el recurrente postula dos (2) cargos por errores probatorios de derecho y, de hecho.
1.Falso juicio de convicción.
Acusa al Tribunal de incurrir en este error de derecho, al condenar a W.H.A.P...
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