Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002019-00872-01 de 17 de Julio de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 799901157

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002019-00872-01 de 17 de Julio de 2019

Número de expedienteT 1100102040002019-00872-01
Fecha17 Julio 2019
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA


AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente


STC9361-2019

Radicación n° 11001-02-04-000-2019-00872-01

(Aprobado en sesión de diecisiete de julio de dos mil diecinueve)


Bogotá, D.C., diecisiete (17) de julio de dos mil diecinueve (2019).


Se decide la impugnación formulada por el accionante frente al fallo proferido el 23 de mayo de 2019 por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dentro de la acción de tutela promovida por E.C.R. contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta y el Juzgado 6º Penal del Circuito de esa ciudad, trámite al que se vinculó a las partes e intervinientes en el proceso atacado.


ANTECEDENTES


  1. El accionante deprecó la protección de los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, que dice vulnerados por las autoridades encartadas.

Solicitó, entonces, «declar[ar] la nulidad de lo actuado en la sentencia y se realice el análisis de las pruebas en conjunto, las cuales no arrojarían ninguna base legal para condenar[lo]» (folio 23, cuaderno 1).


2. Son hechos relevantes para la definición del presente asunto los siguientes:


2.1. Contra Efrén Calderón Ramírez se adelantó proceso penal por el delito de «actos sexuales con menor de 14 años», que luego de surtir el trámite de rigor, el 16 de marzo de 2018 el Juzgado 6º Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cúcuta lo condenó a 108 meses de prisión, al tiempo que le negó «la suspensión condicional de la ejecución de la pena, [y] la prisión domicilia, por prohibición legal»; determinación confirmada, en sede de alzada, el 27 de septiembre siguiente por el Tribunal acusado.


2.2. Frente a esa decisión, la defensa del actor formuló recurso extraordinario de casación, el que fue declarado desierto el 11 de diciembre de 2018, habida cuenta que no fue sustentado.


2.3. Por vía de tutela criticó el quejoso, en síntesis, la sentencia condenatoria proferida en su contra, al considerar que existió una indebida valoración probatoria, especialmente, de las testimoniales, que, deduce, fueron contradictorias.


2.4. Refirió que de haber sido valoradas las probanzas correctamente no hubiese sido condenado, toda vez que los falladores «se basaron únicamente en la versión de la… madre de la menor, quien dicho sea de paso amenazó a los testigos y los constriño para que no declararan, pues sabía que al hacerlo despajarían las dudas»; asimismo, que se dio...

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