Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP3133-2019 de 5 de Agosto de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 807618173

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP3133-2019 de 5 de Agosto de 2019

Número de expediente54384
Fecha05 Agosto 2019
EmisorSala de Casación Penal

JAIME HUMBERTO MORENO ACERO

Magistrado ponente

AP3133-2019

Radicado N° 54384.

Acta 193.

Bogotá, D.C., cinco (5) de agosto de dos mil diecinueve (2019).

VISTOS

Decide la Corte los impedimentos manifestados por los C.J.A.S.A. y F.B.O., quienes, en virtud del presente asunto, invocan las causales previstas en el numeral 6º y 4º y 5º del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, respectivamente.

ANTECEDENTES

Fácticos

Los hechos jurídicamente relevantes que dieron lugar al adelantamiento del presente proceso, fueron resumidos en el fallo de primera instancia, así:

Como consecuencia de la declaratoria de la nulidad de la elección de O.R.P.P. como Gobernadora de La Guajira, el 8 de septiembre de 2016 el Gobierno Nacional convoco a elecciones atípicas en dicho Departamento para proveer el cargo de elección popular, las cuales se realizaron el 6 de noviembre de 2016.

W.D.G.B., candidato en esa contienda electoral, en el marco de su campaña se reunió con concejales del municipio de Maicao, entre ellos S.S.I., a quienes les ofreció $10.000.000 para cada uno, más otros gastos de «logística», a cambio de que éstos realizaran proselitismo político en su favor y, además, entregaran dinero y otras dádivas a sus respectivos grupos de sufragantes, para que votaran por aquel candidato en las elecciones. De dicha promesa remuneratoria, G.B. desembolsó a S.S.I. $11.000.000 de pesos, quien a cambio realizó manifestaciones con sus bases electorales y líderes sociales, además de entregar mercados a los votantes a cambio de sufragar a favor de G.B..

Una vez W.D.G.B. ganó los mencionados comicios, el 14 de diciembre de 2016 firmó con el director de campaña y su contador, el formulario 5B, denominado «informe individual de ingresos y gastos de la campaña» dentro del cual no se hace mención alguna a los $11.000.000 entregados a S.I., ni a los fondos de los cuáles salió el dinero utilizado en el soborno.

El mencionado documento, junto con sus respectivos soportes contables, identificados como folios del «libro de ingresos y gastos de campaña 2016-2019», fueron radicados en el aplicativo «cuentas claras» del Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral el 14 de diciembre de 2016. Con base en estos elementos, la auditoria del Partido Social de la Unidad Nacional al que pertenecía G.B., dictamina que no se avizoraba ninguna irregularidad contable en la campaña, motivo por el cual suscribe, al lado del representante legal del partido, el formulario 7B, «informe integral de ingresos y egresos de la campaña», el que igualmente fue radicado en el aplicativo «cuentas claras» para que con base en esos instrumentos, el Consejo Nacional Electoral determinara si se presentó alguna anomalía en las finanzas de la campaña y, en caso negativo, procediera a emitir la resolución de reconocimiento de reposición de gastos por votos

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Procesales

Previa solicitud[1] del F.C. de la Unidad Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, en sesiones del 9, 10 y 17 de febrero de 2017, se celebraron ante un Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, con Funciones de Control de Garantías, las audiencias preliminares de formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento contra W.D.G.B., a quien se le imputó la comisión de los delitos de corrupción de sufragante y cohecho por dar u ofrecer, ambos en concurso homogéneo, falsedad en documento privado y fraude procesal, cargos que no fueron aceptados por el incriminado.

Seguidamente, la Fiscalía solicitó una medida de aseguramiento para el imputado, a lo cual accedió el Magistrado, quien ordenó su detención preventiva en establecimiento de reclusión.

El 7 de abril de 2017 la Fiscalía presentó escrito de acusación[2]; le correspondió adelantar la etapa subsiguiente a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, ante la cual se llevó a cabo la audiencia para tal fin el 18 de mayo de ese mismo año.

La audiencia preparatoria se celebró en sesiones del 8 de agosto, 3 y 24 de octubre de 2017. El juicio oral inició el 7 de noviembre de esa misma anualidad habiendo culminado el debate probatorio en sesión del 16 de julio de 2018.

El 18 de julio de 2018, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ordenó...

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