Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 88505 de 11 de Marzo de 2020
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE BOGOTÁ |
Número de expediente | T 88505 |
Número de sentencia | STL2739-2020 |
Fecha | 11 Marzo 2020 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
GERARDO BOTERO ZULUAGA
Magistrado Ponente
STL2739-2020 Radicación no 88505Acta 9
Bogotá, D.C., once (11) de marzo de dos mil veinte (2020).
Decide la Corte la impugnación interpuesta por F.J.S.M., contra la sentencia proferida por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, el 13 de febrero de 2020, dentro de la acción de tutela que promovió el recurrente contra la PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, trámite al cual se vinculó a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL –UGPP, el MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y el PATRIMONIO AUTÓNOMO DE REMANENTES DE TELECOM – PAR TELECOM.
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ANTECEDENTES
El señor F.J.S.M., interpuso la presente acción de tutela, a efectos de reclamar la protección de sus derechos fundamentales de petición, el cual considera vulnerado por la autoridad accionada.
En lo que interesa al escrito de tutela, manifestó que el 18 de noviembre de 2019, elevó derecho de petición, dirigido al P. de la República, a fin de obtener su intervención ante el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la UGPP y el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom «ordenándoles que apliquen l Ley en debida forma, reconociendo y aplicando a los extrabajadores despedidos de Telecom ingresados antes de la vigencia del Decreto 2123 de 1992 el Decreto 2661 de 1960 en su integridad, sin la exigencia ilegal de estar dentro de los presupuestos del régimen de transición del art. 36 de la Ley 100 de 1993, tal y como lo probó la Honorable Corte Suprema de Justicia en Casación, mediante SL 3280 de 2018»; así como en ejercicio de sus funciones constitucionales «solicite al competente investigar al Min TIC por permitir y al PAR por continuar desconociendo la debida aplicación del Decreto 2661 de 1960 a los trabajadores despedidos de Telecom, en total oposición a lo reglado en Casación; atribuyéndose facultades legislativas».
Expuso que mediante comunicación de fecha 28 de noviembre de 2019, el Grupo de Atención a la Ciudadanía, de la Presidencia de la República, le informó que dio traslado de su requerimiento al Ministerio de Tecnología de la Información y las Comunicaciones; lo anterior, en cumplimiento de los establecido en el artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Alegó el tutelista, que la mentada remisión por competencia, vulnera su prerrogativa constitucional invocada, en tanto que la autoridad accionada se...
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