AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 112922 del 10-11-2020 - Jurisprudencia - VLEX 856138126

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 112922 del 10-11-2020

Sentido del falloACEPTA IMPEDIMENTO - DECLARA FUNDADO
EmisorSala de Casación Penal
Fecha10 Noviembre 2020
Tipo de procesoIMPEDIMENTO
Número de expedienteT 112922


JÓSE FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

Magistrado ponente



Radicación n° 112922

Aprobado Acta No.242



Bogotá, D.C., diez (10) de noviembre de dos mil veinte (2020)


VISTOS:


Resuelve la Sala el impedimento manifestado por la Magistrada PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR para conocer la impugnación interpuesta por J.Á.R.R. contra el fallo del 22 de julio de 2020 en el que la Sala de Casación Laboral de esta Corporación negó el amparo por él invocado, en demanda de tutela mediante la cual reclamó el amparo de sus derechos fundamentales, supuestamente vulnerados por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de quien se predica haber desconocido el precedente jurisprudencial fijado por la Sala de Casación Laboral respecto de la declaratoria de nulidad o ineficacia del traslado de régimen pensional cuando ha habido falta de información de la administradora de fondo de pensiones.



HECHOS Y ANTECEDENTES PROCESALES


JOSÉ ÁLVARO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ instauró acción de tutela a través de apoderado, con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales, presuntamente vulnerados por la Sala accionada.



Manifestó que, presentó demanda ordinaria laboral contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones y el Fondo de Pensiones y Cesantías PORVENIR S.A. y Old Mutual Pensiones y Cesantías S.A., con el propósito que se declarara la nulidad de su traslado del Régimen de Prima Media con Prestación Definida al de Ahorro Individual con Solidaridad.


Dicho trámite cursó en el Juzgado 21 Laboral del Circuito de Bogotá, autoridad que accedió a las pretensiones invocadas en proveído de 22 de marzo de 2019; decisión que fue apelada ante la Sala Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad, Colegiado que revocó la determinación de primer grado en fallo de 16 de octubre de 2019.


Frente a la decisión de segunda instancia, fue interpuesto recurso extraordinario de casación, el cual fue concedido por la Tribunal, y remitido a la Sala de Casación Laboral de esta Corporación.


Criticó que, las autoridades judiciales vulneraron sus prerrogativas superiores, pues aseguró que se apartaron del precedente jurisprudencial sentado por esta M. frente a la ineficacia del traslado.


Surtido el trámite correspondiente, mediante fallo del 22 de julio de 2020, la Sala de Casación Laboral de esta Corporación, negó el amparo invocado por el accionante contra la Sala Laboral del Tribunal...

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