AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56035 del 02-10-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842247069

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56035 del 02-10-2019

Sentido del falloINADMITE
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaAP4285-2019
Fecha02 Octubre 2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de expediente56035




EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado ponente




AP4285-2019

Radicación Nº 56035

Aprobado acta Nº 254




Bogotá, D. C., dos (2) de octubre de dos mil diecinueve (2019).



La Sala decide sobre la admisión de la demanda de casación presentada por el defensor de J.C.Q.B. contra la sentencia de 21 de marzo de 2019, por medio de la cual el Tribunal Superior de Bogotá confirmó la proferida por el Juzgado Noveno Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de esta ciudad, que condenó al procesado por los delitos de concierto para delinquir y hurto calificado en concurso homogéneo y sucesivo.


HECHOS


En Bogotá, en el año 2016, operó una organización delincuencial dedicada al hurto de vehículos, cuyo modus operandi consistía en contactar a las víctimas a través de la información que estas suministraban en páginas web como “tucarro.com”, “OLX” y “Mercado Libre”, entre otras, cuando publicaban la venta de automotores.


Una vez los integrantes de la banda criminal acordaban una cita y se reunían con los propietarios de los carros bajo el pretexto de conocer su funcionamiento, les ofrecían alimentos contaminados con “escopolamina” y “benzodiacepina”, para posteriormente, luego de que dichas sustancias doblegaran la voluntad de las víctimas, abandonarlas en un lugar desolado y apoderarse del vehículo para su comercialización por partes, cambiándoles su sistema de identificación.


Fue así como, los días 7 de septiembre y 22 de diciembre de 2016, C.J.M.C. y Óscar Antonio Camacho Araque, respetivamente, se encontraron con JHON CARLOS QUIROGA BEDOYA y tres personas más, quienes afirmaron estar interesados en comprar las camionetas de su propiedad y ofrecidas a la venta en dichos sitios web. En ese momento y después de ingerir un refrigerio dado por los presuntos compradores, los precitados perdieron el conocimiento y fueron despojados de sus automotores.




ANTECEDENTES PROCESALES


1. Capturado JHON CARLOS QUIROGA BEDOYA, el 13 de julio de 2017 se realizó ante el Juzgado Treinta y Cuatro Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá audiencia en la que a solicitud de un delegado de la Fiscalía General de la Nación se legalizó la aprehensión del citado ciudadano, y tras ello el ente investigador le imputó los siguientes delitos:


Concierto para delinquir, en calidad de autor, definido en el artículo 340 de la Ley 599 de 2000, modificado por las Leyes 733 de 2002 y 1121 de 2006.


Hurto calificado en concurso homogéneo (por dos eventos: apoderamiento de los vehículos de propiedad de César Julio Mahecha Cortés y Ó.A.C.A., como coautor, tipificado en el Código Penal en los artículos 239 y 240numeral 2º- (Colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad o aprovechándose de tales condiciones), modificado por la Ley 1142 de 2007.


Dichos cargos fueron aceptados por el procesado y, como consecuencia de ello, el 25 de septiembre de 2017 la fiscalía presentó el respectivo escrito de acusación1.


2. El 28 de enero de 2019, el Juzgado Noveno Penal del Circuito de Conocimiento de esta ciudad profirió sentencia condenatoria contra JHON CARLOS QUIROGA BEDOYA, según los términos del allanamiento, y le impuso...

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