AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55788 del 25-11-2020
Sentido del fallo | DEJA SIN EFECTOS AUTO |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 25 Noviembre 2020 |
Número de expediente | 55788 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Tipo de proceso | IMPUGNACIÓN ESPECIAL |
Número de sentencia | AP3287-2020 |
FABIO OSPITIA GARZÓN
Magistrado Ponente
AP3287 - 2020
Impugnación especial No. 55788
Acta No. 253
Bogotá, D. C., veinticinco (25) de noviembre de dos mil veinte (2020).
La S. dará cumplimiento al fallo de tutela STC9509 de 5 de noviembre de 2020, dictado por la S. de Casación Civil de esta Corte, mediante el cual amparó el derecho al debido proceso y acceso a la administración de justicia de S.M.R..
ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES
1. El 19 de febrero de 2010, la fiscalía calificó el sumario con resolución de acusación contra Soraya Muñoz Rodríguez y otros procesados, como coautores del delito de lavado de activos, tipificado en el artículo 323 del Código Penal, con la agravante específica del canon 324 ibídem, decisión confirmada el 19 de julio de 2010 por el superior funcional.
2. Surtida la etapa de juzgamiento, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Bogotá dictó sentencia absolutoria y otorgó la libertad a los procesados.1
3. Apelado este fallo por la Fiscalía, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, S. de Extinción de Dominio, el 18 de marzo de 2019, la revocó y, en su lugar, condenó a Soraya Muñoz Rodríguez y otros procesados a las penas de 300 meses de prisión y multa de 25.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes como coautores del delito de lavado de activos agravado.
4. En el literal sexto de la parte resolutiva de la sentencia dispuso que «por haberse condenado a los acusados por primera vez, la defensa está en posibilidad de activar el mecanismo especial de impugnación en los términos señalados en la parte motiva de esta decisión. En consecuencia, contra la presente decisión procede la apelación y la casación».2
5. Durante el término surtido por el Tribunal para la interposición y sustentación del recurso de casación, los defensores de los procesados, de acuerdo con lo dispuesto en el auto AP1263-2019 del 3 de abril de 2019, proferido por la Corte dentro del radicado 54215, expresaron la voluntad de impugnarla.
6. La defensa de S.M.R. presentó el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria. De igual forma, a partir de las instrucciones impartidas inicialmente por el Tribunal de instancia, propuso el recurso extraordinario de casación y presentó la demanda respectiva.
7. La S. de Casación Penal profirió fallo 8 de julio de 2020 (rad. 55788). En lo que tiene que ver con SORAYA MUÑOZ RODRÍGUEZ, modificó la sentencia proferida por la S. de Extinción de Dominio del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 18 de marzo de 2019, en el sentido de condenarla como coautora del delito de lavado de activos agravado, a la pena de 159 meses y 23 días de prisión y multa de 12.875 salarios mínimos legales mensuales vigentes. En la parte resolutiva...
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