Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 14 de Marzo de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 44001306

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 14 de Marzo de 2006

Número de expediente25184
Fecha14 Marzo 2006
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso No 25184CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrada Ponente:

MARINA PULIDO DE BARÓN

Aprobado Acta No. 023.

B.D.C., marzo catorce (14) de dos mil seis (2006).

VISTOS

Se pronuncia la Sala sobre la colisión negativa de competencia suscitada entre los Juzgados Promiscuo del Circuito de Belén de Umbría y Único Penal del Circuito Especializado de P., en virtud de la cual los dos despachos judiciales rehusan proferir fallo en el diligenciamiento adelantado contra P.A.C.G., quien fue acusado por la Fiscalía Treinta y Dos Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Belén de Umbría como presunto autor del delito de porte ilegal de arma de fuego de uso privativo de las fuerzas armadas.

ANTECEDENTES

Aproximadamente a las 9:40 de la noche del 12 de septiembre de 2004, con ocasión de una requisa de rutina efectuada a P.A. CUERVO por agentes de la policía en el municipio de Belén de Umbría, se estableció que portaba un arma de fabricación artesanal, motivo por el cual fue aprehendido y puesto a disposición de la Fiscalía.

La Fiscalía Seccional del citado municipio dispuso la apertura de instrucción, en cuyo marco vinculó mediante indagatoria al aprehendido y posteriormente, a petición de éste, realizó audiencia de formulación de cargos para sentencia anticipada, durante la cual le imputó la comisión del delito de porte ilegal de arma de fuego de defensa personal. El procesado aceptó el cargo así delimitado.

Remitidas las diligencia al Juzgado Promiscuo del Circuito del referido municipio, mediante providencia del 2 de noviembre de 2004 decretó la nulidad de la anterior diligencia al considerar que, en atención a las características del arma de fuego que portaba el procesado, aquella era de uso privativo de las fuerzas armadas y no de defensa personal y se había presentado un error en la denominación jurídica del delito, circunstancia que imponía su corrección.

Fue así como la Fiscalía Seccional amplió la indagatoria del sindicado y le resolvió situación jurídica con medida de aseguramiento como posible autor del delito de porte ilegal de arma de fuego de uso privativo de las fuerzas armadas.

Una vez cerrado el ciclo instructivo, el sumario fue calificado el 13 de septiembre de 2005 con resolución de acusación en contra del incriminado, en calidad de presunto autor del delito que sustentó la medida de aseguramiento.

La fase del juicio correspondió...

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