SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 109098 del 17-03-2020
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 17 Marzo 2020 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Pasto |
Número de expediente | T 109098 |
FABIO OSPITIA GARZÓN
Magistrado Ponente
STP-2020
Radicación No. 109098
Acta n.° 69
Bogotá D.C., diecisiete (17) de marzo de dos mil veinte (2020)
Decide la Sala el recurso de impugnación interpuesto por Darwin José López Castillo, O.M.F.M. y J.A.C.B. contra el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, Sala de Decisión Penal, el 19 de diciembre de 2019, que declaró la carencia actual de objeto por sustracción de materia o acaecimiento de una situación sobreviniente respecto del amparo constitucional invocado contra el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Tumaco y la Fiscalía Séptima Especializada de Bogotá, por la presunta vulneración del derecho fundamental al debido proceso.
A la presente actuación se vinculó de oficio a la Procuraduría 401 Judicial I Penal y a Diana del Carmen Churta Valarezo, en calidad de antigua defensora de los accionantes.
ANTECEDENTESY
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Así fueron sintetizados en el fallo de primera instancia1:
«Narraron los señores D.J.L.C., OVIDIO MIGUEL FIGUEROA MARÍN y J.A.C.B. que el día 1° de diciembre de 2017 fueron capturados a bordo de una embarcación en el área general de Tumaco, a 37 millas náuticas, en la que se encontraban alojados 834 kilogramos de cocaína base, bazuco y cocaína clorhidrato y 160 galones de hidrocarburos.
Señalaron que por ello a instancias del Juzgado Tercero Penal Municipal de Tumaco con Funciones de Control de Garantías se legalizó la captura y la incautación producida, se formuló imputación por el punible de tráfico de estupefacientes agravado y favorecimiento al contrabando de hidrocarburos y se impuso medida de aseguramiento consistente en detención carcelaria.
Contaron que luego la FISCALÍA 7 ESPECIALIZADA DE BOGOTÁ presentó escrito de acusación dentro del SPOA 1100160099144201780075 el día 16 de marzo de 2018, por lo cual se convocó a la audiencia de formulación respectiva para los días 24 de julio y 7 de septiembre de 2018 y 14 de enero de 2019, datas en las que no pudo hacerse, las dos primeras veces por la inasistencia de su defensor F.P.O. y la última porque el INPEC no remitiera a los encausados a audiencia, siendo que finalmente se evacuó la diligencia el día 28 de enero del presente año.
Relataron que la audiencia preparatoria se proyectó para el día 1º de marzo de 2019, empero, no pudo hacerse en esa calenda por el cambio de atención; además...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba