SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 59158 del 15-04-2020 - Jurisprudencia - VLEX 844878394

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 59158 del 15-04-2020

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha15 Abril 2020
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 59158


JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN

Magistrado ponente

Radicación n.° 59158

Acta n.° 11


Bogotá, D.C., quince (15) de abril de dos mil veinte (2020).


Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, respecto de la acción de tutela presentada por ALEIDA M.M. contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA y el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.


  1. ANTECEDENTES


Aleida Moreno Moreno instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, seguridad jurídica, igualdad y trabajo, presuntamente vulnerados por las autoridades judiciales convocadas.


Manifiesta la accionante:


  1. Que el 19 de septiembre de 2014, la señora Rosana Ruíz Ballesteros otorgó poder para iniciar, tramitar y llevar hasta su terminación proceso ejecutivo singular de mayor cuantía con el fin de cobrar un título valor, letra de cambio, por valor de trescientos millones de pesos ($300.000.000) más los respectivos intereses, contra la empresa Constru Innova S.A.S. y su representante legal, Jesús Orlando Tolosa Suárez.


  1. Que el 8 de octubre de 2014 se radicó la demanda, que por reparto correspondió conocer al Juzgado Décimo Civil del Circuito de B. radicado bajo el nº 68001310301020140029100.



  1. Que el 18 de octubre de 2014, la señora R.R.B., como mandante, firmó contrato de prestación de servicios profesionales de abogado con la aquí accionante en calidad de mandataria, en el que se pactó en la cláusula segunda:


EL MANDANTE cancelará como contraprestación a la MANDATARIA por concepto de honorarios, EL TREINTA (30%) de la suma que se recaude por concepto de conciliación, transacción o por cobro prejurídico o cobro jurídico realizado contra C.I.S., al momento de obtener el pago total o parcial de la obligación”.



Y en la Cláusula Quinta se obligó a: “El mandante si quiere cambiar de abogado, pagará al mandatario la suma de CINCUENTA MILLONES ($50.000.000) por concepto de honorarios profesionales. El presente contrato se celebra por el tiempo necesario para llevar hasta su culminación la labor encomendada, sin embargo, cualquiera de las partes podrá darlo por terminado dando aviso escrito a la otra con un término de tres (03) meses de anticipación”.



  1. Que el 3 de febrero de 2015 la empresa ejecutada, con su escrito de contestación reconoció adeudar $127.175.000 a la señora R.B..


  1. Que el 19 de marzo de 2015, el Juzgado Décimo Civil del Circuito de B. remitió el proceso al Juzgado Tercero Civil del Circuito de la misma ciudad, donde fue radicado con el nº 68001310301020140029101.


  1. Que el 12 de julio de 2016, la señora R.B., sin su conocimiento y asesoría firmó los siguientes documentos:

  • Con el señor J.O.T.S. en calidad de representante legal de Innova S.A.S., un documento denominado CONTRATO DE TRANSACCIÓN, mediante el cual acordaban en la suma de setenta y cinco millones de pesos ($75.000.000) para dar por terminado el proceso que se tramitaba en su contra.

  • Con el abogado A.R.H. en calidad de apoderado de Innova S.A.S., suscribió un memorial dirigido al Juez Tercero Civil del Circuito de B. solicitando la terminación del proceso nº 68001310301020140029101.


  1. Que el 18 de julio de 2016 el abogado A.R.H. radicó en el Juzgado Tercero Civil del Circuito de B., los documentos relacionados en precedencia.


  1. Que el 26 de julio de 2016 la señora R.R.B. radicó memorial ante el juzgado solicitando, «antes de terminar el proceso, ordenar la revocatoria del poder a mi apoderada en la causa la Dra. ALEYDA (sic) M.M. por inconvenientes entre esta y la suscrita en el manejo procesal, ya que su actuación me ha ocasionado inconvenientes legales en materia penal… y finalmente se ha rehusado a recibir los honorarios por su servicio… solicito al despacho la revocatoria del mandato, consecuentemente por favor tazar (sic) y regular los honorarios de la misma» y que ha transcurrido más de un año sin que tenga respuesta alguna.



  1. Que en auto del 2 de agosto de 2016, el Juez Tercero Laboral del Circuito de B., aceptó la transacción y de manera simultánea ordenó la terminación del proceso, canceló los embargos decretados y practicados, y aceptó la revocatoria del poder conferido por la...

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