SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 91337 del 09-12-2020 - Jurisprudencia - VLEX 855398567

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 91337 del 09-12-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 91337
Fecha09 Diciembre 2020
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL11514-2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

Magistrada ponente


STL11514-2020

Radicación n.° 91337

Acta n.° 46


Bogotá, D. C., nueve (9) de diciembre de dos mil veinte (2020).


La Sala resuelve la impugnación que interpuso ÓSCAR JAVIER GARZÓN RAMÍREZ contra el fallo proferido el 18 de noviembre de 2020 por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela que adelanta el recurrente contra el JUZGADO TREINTA Y SIETE LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, trámite al cual fue vinculada ADVANCE SCIENTIFIC DE COLOMBIA S.A.S., así como las partes e intervinientes en el proceso identificado con radicado n.° 110013105037-2016-00831.


  1. ANTECEDENTES


ÓSCAR JAVIER GARZÓN RAMÍREZ instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO y ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, presuntamente vulnerados por la autoridad convocada.


En lo que interesa al presente trámite constitucional, el promotor refirió que presentó demanda ordinaria laboral contra Advance Scientific de Colombia S.A.S., con el propósito de obtener, entre otras cosas, el reconocimiento y pago de salarios, prestaciones y sanción moratoria por no pago de cesantías, trámite que cursó en el Juzgado Treinta y Siete Laboral del Circuito de Bogotá, autoridad que accedió a lo pretendido en proveído de 8 de febrero de 2018, decisión que la parte vencida apeló ante la Sala Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad, Colegiado que en fallo de 28 de agosto siguiente revocó la referida sanción y confirmó en lo demás.


Manifestó que el 10 de diciembre de 2018 promovió proceso ejecutivo a continuación del ordinario; que el 13 de mayo, 5 de septiembre de 2019 y 12 de junio de 2020 solicitó que se emitiera mandamiento de pago, y que el 24 de septiembre de 2020 la convocada a juicio informó que el 11 de febrero del año que avanza consignó el monto de las condenas; no obstante, lo hizo a órdenes del «juzgado 37 civil del circuito y no laboral».


Adujo que una vez realizada la conversión del título, el 7 y 15 de octubre de 2020 solicitó al despacho de conocimiento que ordenara la entrega del título y le asignara cita para recogerlo; sin embargo, no ha obtenido respuesta.


Sostiene el tutelante que la autoridad encausada vulnera sus derechos fundamentales, pues asegura que no se ha pronunciado frente a la elaboración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR