Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 26 de Febrero de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 69227231

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 26 de Febrero de 2009

Fecha26 Febrero 2009
Número de expediente31327
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso No 31327CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrada Ponente:

MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS

Aprobado Acta No. 052.

B.D.C., febrero veintiséis (26) de dos mil nueve (2009).

VISTOS

De plano adopta la Sala la decisión que en derecho resulte procedente acerca de la solicitud de cambio de radicación elevada por el señor Juez Tercero Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Neiva, quien adelanta la fase del juicio contra G.C.L., el cual fue acusado como coautor del delito de homicidio agravado con fines terroristas y hurto calificado agravado en el Agente de Policía W.A.R..

ANTECEDENTES

Según lo refiere el solicitante, a las 8:00 de la noche del 9 de marzo de 2005, cuando el referido Agente de la Policía se encontraba de turno de vigilancia en la Alcaldía del municipio de Algeciras, fue sorprendido por varios individuos quienes lo hirieron con proyectiles de arma de fuego, produciéndose su muerte de manera instantánea, procediendo entonces aquellos a hurtar su fusil G. de dotación, junto con su munición.

Luego de declarar abierta la instrucción, la Fiscalía Cuarta Especializada de Neiva vinculó mediante indagatoria a varias personas en razón del delito aquí investigado, así como de otros punibles. Posteriormente se dispuso la vinculación de G.C.L.. Mediante Resolución 0-1527 del 16 de mayo de 2006, el F. General de la Nación reasignó la referida actuación a la Unidad Nacional contra el Terrorismo con sede en Bogotá, correspondiendo a la Fiscalía Veintitrés, en atención a que se trataba de procesados vinculados con la columna T.F. de las FARC.

Cerrada la instrucción, la Fiscalía calificó el mérito del sumario con resolución de acusación en contra de otros procesados, oportunidad en la cual decidió respecto de C.L. compulsar copias para que continuara por separado la investigación.

El 10 de noviembre de 2006 le fue definida su situación jurídica con medida de aseguramiento de detención preventiva sin derecho a libertad provisional como coautor del delito de homicidio agravado con fines terroristas y hurto calificado agravado, y el 25 de febrero de 2008 fue acusado por el mismo concurso de punibles.

La fase del juicio correspondió adelantarla al Juzgado tercero Penal del Circuito Especializado de Neiva, donde se realizó la audiencia preparatoria (20 de mayo de 2008), así como la vista pública de juzgamiento (finalizada el 4 de febrero de 2009), y se encuentra pendiente el proferimiento del fallo.

LA SOLICITUD

El Juez Tercero Penal del Circuito Especializado de Neiva aduce que en...

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