Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 28 de Junio de 2002 - Jurisprudencia - VLEX 44161659

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 28 de Junio de 2002

Fecha28 Junio 2002
Número de expediente1100122030002002-00327-01
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

Magistrado Ponente: Dr. J.S.B..

B.D.C., veintiocho (28) de junio de dos mil dos (2002). R.. : Exp. No. 1100122030002002-00327-01

Se resuelve sobre la impugnación formulada contra el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil el 16 de mayo de 2002, que negó la tutela promovida por JUSTO G.B. VILLAREAL y B.L.C.D.B., contra la JUEZ CATORCE CIVIL DEL CIRCUITO de esta ciudad.ANTECEDENTES

  1. - En escrito dirigido al Tribunal antes mencionado, Justo G.B.V. y B.L.C. de B., quienes actúan en su propio nombre, interponen acción de tutela contra el juzgado señalado, por considerar que vulnera sus derechos fundamentales a la vivienda digna, a la protección a la familia, al debido proceso y excepción de inconstitucionalidad, en el trámite de un proceso ejecutivo hipotecario promovido en su contra por la Corporación de Ahorro y Vivienda Granahorrar, hoy Banco Granahorrar S.A., al librar orden de pago y proferir sentencia teniendo como fundamento un pagaré pactado en UPAC y no haber suspendido o decretado la terminación del proceso para que la demandante les ofreciera la reestructuración de la obligación o la reliquidara de acuerdo a la ley 546 de 1999 y atendiendo las sentencias proferidas por el Consejo de Estado y la Corte Constitucional sobre intereses de los créditos otorgados para vivienda por el sistema Upac. En consecuencia solicitan que se disponga la suspensión de la adjudicación dentro de la ejecución de la sentencia de 21 de enero de 2000, pues de conformidad con lo dispuesto por la Corte Constitucional ya habrían pagado el préstamo o por lo menos el saldo sería pagable.

    Señalan que como quiera que se les puede causar un daño irremediable y grave a ellos y a su familia, solicitan tomar medidas de urgencia al juez constitucional y ordenar la investigación por los posibles ilícitos de prevaricato y fraude procesal, como quiera que existiendo las sentencias 383, 700 y 747 de 1.999 de la Corte Constitucional que dispusieron la inconstitucionalidad del UPAC y la capitalización de intereses, que hacen inaplicable la sentencia en cuestión y con la cual a pesar de todo y de tener conocimiento la Corporación demandante pretende despojarlos injustamente de la vivienda con una sentencia inaplicable, basada en normas declaradas inconstitucionales.

  2. - Los hechos y afirmaciones que sirven de fundamento a la presente acción de tutela pueden resumirse de la siguiente manera:

    a) Manifiestan los accionantes que con un préstamo otorgado por Granahorrar por la suma de $4.600.000.oo adquirieron una vivienda en la que, además invirtieron todos los ahorros que tenían y la vivienda hoy vale más de $60.000.000.oo.

    1. Precisan que cumplieron con la obligación de pago hasta donde les fue posible, pero afirman que debido al cobro abusivo de intereses por encima de los límites de la usura y sobre las Upac, al final les resultó imposible pagar.

    2. Indican que el mandamiento de pago y la sentencia que profirió el despacho accionado, se basó en un pagaré presentado por la demandante liquidado en UPAC e...

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