Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 2 de Mayo de 2005 - Jurisprudencia - VLEX 44115917

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 2 de Mayo de 2005

Fecha02 Mayo 2005
Número de expediente2005-00044
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Sala de Casaci"n Civil

Magistrado Ponente:

M.I.A.V."squez

B."D.C., dos (2) de mayo de dos mil cinco (2005).

Ref: Expediente No. 2005-00044 Dec"dese la impugnaci"n formulada por J."n O.G."mez, en nombre propio y en el de su menor hija I.O.R."guez, contra el fallo de 24 de febrero de 2005, proferido por la sala civil-familia del tribunal superior del distrito judicial de Armenia en la tutela adelantada por el impugnante contra el juzgado tercero de familia de la misma ciudad.

Antecedentes

Aduciendo vulneraci"n de los derechos a la igualdad, acceso a la administraci"n de justicia, debido proceso y a la familia, el accionante solicita revocar el fallo de 4 de febrero de 2005, proferido por el juzgado accionado dentro del proceso de rehabilitaci"n de la custodia que en su contra adelanta A.M."a R."guezB., y en su lugar declarar que contin"a en firme el fallo de divorcio que le otorg" la custodia y cuidado personal de sus hijos.

Para sustentar su demanda expone, en s"ntesis, los siguientes hechos:

En sentencia de divorcio de matrimonio civil le fue concedida la custodia y cuidado personal de sus tres hijos, G., A. e Isabela; la madre no ha pagado cumplidamente la cuota alimentaria fijada a su cargo en favor de los hijos comunes.

A.M."a present" en su contra demanda de rehabilitaci"n de custodia y cuidado personal de los menores, pretensi"n que fue concedida respecto de Isabela en la sentencia cuestionada, la cual autoriz" la salida de la menor del pa"s hacia los Estados Unidos, lugar de domicilio de la madre.

El fallo desconoce el lugar, direcci"n y ciudad donde la menor residir" con A., las condiciones de habitabilidad en que reside, la actividad laboral y el tiempo de que dispondr"a para dedicarle a su hija, el nombre, ocupaci"n, condiciones morales y estado de salud del actual compa"ero de la madre.

Al autorizar la salida del pa"s de la menor se le priva del trato y convivencia con sus hermanos, se le provoca un dolor inmenso, por lo que hubo v"a de hecho en esa decisi"n.

El despacho accionado replic" diciendo que la decisi"n cuestionada tiene apoyo en el hecho de que el accionante, sin justa causa, impide a A.M."a el ejercicio de los derechos que como madre tiene sobre sus menores hijos, y as" lo expres" la Corte Suprema de Justicia en sentencia de 25 de octubre de 1984, precedente que est" adecuado al precepto 44 de la Constituci"n. Es deber del juez siempre que exista conflicto de intereses respecto del derecho de un menor, resolver a favor de "ste con base en la regla pro-infante.

A.M."a R."guez B., citada a la tutela, se opuso al amparo por considerar que no incurri" el accionado en v"a de hecho, sino que al contrario est" cimentado en las normas constitucionales y legales, acorde con el acervo probatorio y el...

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